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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Publicado por Hilda

AntecedentesDeclaración Universal de los Derechos Humanos

La Convención de Ginebra de 1864, para proteger a los heridos en los ejércitos de campaña.

El Acta General de la Conferencia de Berlín de 1885, y la Conferencia de Bruselas de 1889, que prohibían la trata de esclavos.

Las Conferencias de La Haya, celebradas en 1899 y 1907, donde se establecía la necesidad de la existencia de un Derecho Internacional para limitar los enfrentamientos bélicos entre países.

El Tratado de Versalles de 1919, luego de la Primera Guerra Mundial, estableció la OIT (Organización Internacional del Trabajo) y creó la Sociedad de las Naciones que había sido concebida con el mismo propósito que la que nos ocupa, pero se espera que ésta corra mejor suerte ya que la anterior no pudo evitar el estallido de un conflicto, de mayor crueldad aún, que el anterior: la Segunda Guerra Mundial.

La segunda Guerra Mundial y la ONU

La Segunda Guerra Mundial dejó un costo humano (aproximadamente 55.000.000 de muertes) y material, que el mundo no estaba dispuesto a soportar nuevamente. Para trabajar en el logro de la paz, se creó la ONU (Organización de las Naciones Unidas), que comenzó a existir en forma oficial el 24 de octubre de 1945, firmado el documento que habilitó su creación por 50 estados (actualmente son 181). A diferencia de la Sociedad de las Naciones, la ONU permite ser integrada por los países vencedores y vencidos en la guerra.

Los crímenes de guerra, cuyos responsables eran los integrantes del régimen nazi, fueron juzgados en los juicios de Nuremberg, por un tribunal internacional que creó el derecho a aplicar, ya que no existían normas que previeran los supuestos ocurridos.

En el año 1946, las Naciones Unidas establecieron dos organismos: La Asamblea general, integrada por representantes de todos los estados, para exponer y analizar sus inquietudes y el Consejo de Seguridad, formado por quince miembros (cinco permanentes). Esta entidad tiene poder de veto y deben mantener la paz, tomando decisiones que son obligatorias para los estados miembros.

La Declaración

La Comisión de Derechos Humanos, de 18 miembros, pertenecientes a los estados suscriptores, que a su vez eligió un comité de 8 integrantes, fue creada en 1946, por el Consejo Económico y Social de la ONU, con el fin de elaborar disposiciones, que tendieran a la protección de los derechos Humanos

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, el 10 de diciembre de 1948, en su tercera sesión, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por 48 votos a favor, y 8 abstenciones, donde consagró valores que hacen a la dignidad humana, que nadie puede desconocer.

El mismo año 1948, se había iniciado con el asesinato del líder pacifista hindú, Mahatma Gandhi, y el 14 de mayo de 1948, Israel había proclamado su nacimiento como estado soberano, provocando la guerra con los palestinos. En junio, la Unión Soviética había decretado el bloqueo de Berlín. Como vemos, la Declaración era una esperanza para un mundo que seguía y sigue, siendo muy violento. A pesar de todo, la sola idea de una tercera guerra mundial, causa pavor y repudio en la mayoría de los pueblos, sin desconocer que las actuales guerras están causando infinidad de víctimas, sin que la ONU responda de modo efectivo. Esto no significa que el organismo no sirva, sino que aún hay un largo camino para vencer los mezquinos intereses individualistas en pos del bienestar colectivo.

La Declaración, en su Preámbulo, pone el acento acusatorio de los grandes crímenes de la historia, en el desconocimiento y el desprecio de los derechos humanos, por lo cual el fin es que el derecho tanto nacional como internacional los proteja, a fin de evitar que los sometidos se subleven.

Establece en sus 30 disposiciones derechos civiles y políticos, y algunos relativos a los derechos económicos, sociales y culturales.

Con respecto al primer grupo, proclama la igualdad y libertad de los hombres (art.1) condenando la discriminación por cualquier motivo (nacionalidad, etnia, religión, sexo, opinión política o condición económica) en su artículo 2.

Los derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad podemos hallarlos en el art.3, la prohibición de esclavitud y servidumbre (art.4) y de tormentos (art.5). Por el artículo 6 se reconoce a toda persona el derecho de ser reconocido por las normas jurídicas.

El artículo 7 especifica la igualdad legal de todas las personas, y por el 8 se les reconoce a todos, la posibilidad de accionar, a efectos de ser reconocidos sus derechos esenciales.

Nadie puede ser privado sin motivo de su libertad (art. 9). El artículo 10 consagra el principio del debido proceso, y el 11 expone el de inocencia “Toda persona es inocente hasta que no se demuestre lo contrario) y el de la irretroactividad de la ley penal.

El art. 12 protege la intimidad y el honor. El 13, la libertad física, y el 14 regula el derecho de asilo. El artículo 15 consagra el derecho a una nacionalidad, y el 16 el de casarse.

Consagra la libertad de pensamiento, creencia, religión, opinión y reunión (arts.18 a 20), la libertad política (art.21) y el derecho de propiedad (art.17).

Los derechos económicos, sociales y culturales cuentan de menor rango, y menos disposiciones: El derecho a la seguridad social (art.22) a un trabajo, a un salario digno y a constituir sindicatos (art.23) el derecho al descanso y vacaciones pagas (art.24). Por el artículo 25, se establece el derecho a una vida plena, con las necesidades básicas satisfechas, incluyendo la protección de la maternidad y la infancia, la educación, y la cultura (arts. 26 y 27). El artículo 28, proclama el derecho de garantía de cumplimiento de estas disposiciones, el artículo 29 establece los deberes del individuo hacia la comunidad, que es el respeto a los derechos ajenos.

Por último, el artículo 30 aclara que estos derechos no pueden ser ejercidos por nadie para suprimir los que les correspondan a los demás.

Estas últimas disposiciones constituyen. A pesar de ser tratadas con menor esmero, un progreso con respecto a la Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano, de 1789, que aún no incorporaba los derechos sociales, por no ser convenientes para los burgueses, dueños de las fábricas.

El 10 de diciembre fue declarado por la ONU, como Día Internacional de los Derechos Humanos.

Sin embargo estas disposiciones son solo recomendaciones para los estados signatarios y no conllevan sanciones efectivas en caso e incumplimiento.

Esto tuvo un cambio, cuando los estados firmaron pactos o tratados sobre temas específicos que protegen internacionalmente los derechos humanos, como los suscriptos en 1966: El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y el de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En estos casos, son de cumplimiento obligatorio. Estos dos pactos sumados a la Declaración de 1948, constituyen la Carta Internacional de Derechos Humanos.

El problema de la obligatoriedad de las disposiciones supranacionales sobre los estados que lo componen está comenzando a resolverse con la creación de Tribunales Internacionales, como la Corte Europea de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos humanos, para Europa y América, respectivamente.

Aún hay mucho por hacer, la guerra de Medio Oriente y la invasión a Irak, así lo demuestran.